Tradiciones y fechas importantes
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Decreto número 1794 |
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Ciudad de Guatemala, mayo de 2012/ El Congreso de la República de Guatemala
Considerando: Que la madre es el fundamento de la familia y que de ella parten los principios morales y las normas espirituales que rigen en todos los pueblos civilizados;
Considerando: Que es deber del Estado distinguir la maternidad dedicando un día especial del año a su exaltación en toda la República, con el objeto de fortalecer en la conciencia de los guatemaltecos su alta significación espiritual, como fuente de perpetua inspiración,
Por lo tanto, En el uso de las facultades que le confiere el inciso 1º del artículo 70 de la Constitución de la República,
Decreta: Artículo 1º– Se decreta Día de la Madre el diez de mayo de cada año.
Antonio Morales Baños
Emilio Ávila Torres
Víctor Manuel Marroquín Gómez
Julio César Méndez Montenegro
El Ministro de Gobernación,
El Ministro de Trabajo y Previsión Social
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